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	<title>Comentarios para Los Santos Pilarica: Nuestro Barrio</title>
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		<title>Comentario de Nuestro centro comercial por admin</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/07/23/nuestro-centro-comercial/comment-page-1/#comment-306</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 Jan 2010 10:09:38 +0000</pubDate>
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		<description>La verdad es que lo único que nos queda es tener fe en que todo se ponga en marcha, no sólo por el centro comercial, sino por nuestra vida en general.</description>
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		<title>Comentario de Nuestro centro comercial por Veronica Garcia Matesanz</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/07/23/nuestro-centro-comercial/comment-page-1/#comment-305</link>
		<dc:creator>Veronica Garcia Matesanz</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 13 Jan 2010 22:22:41 +0000</pubDate>
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		<description>Me da a mi que con esto de la crisis el centro comercial va a tardar lo suyo en construirse........</description>
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		<title>Comentario de Nuestro centro comercial por admin</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/07/23/nuestro-centro-comercial/comment-page-1/#comment-299</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Jan 2010 12:05:25 +0000</pubDate>
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		<description>Pues el centro comercial estará situado entre la calle Juan Carlos I, los futuros pisos de ACP Level y, por ahora, Nueva Dimensión. En el plano callejero que puedes descargar viene indicada la parcela que ocupará el centro comercial.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Pues el centro comercial estará situado entre la calle Juan Carlos I, los futuros pisos de ACP Level y, por ahora, Nueva Dimensión. En el plano callejero que puedes descargar viene indicada la parcela que ocupará el centro comercial.</p>
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		<title>Comentario de Nuestro centro comercial por mayra</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/07/23/nuestro-centro-comercial/comment-page-1/#comment-298</link>
		<dc:creator>mayra</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Jan 2010 10:12:13 +0000</pubDate>
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		<description>gracias por la informacion. y sabes en que terreno lo van ha construir?</description>
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		<title>Comentario de Nuestro centro comercial por admin</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/07/23/nuestro-centro-comercial/comment-page-1/#comment-297</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Jan 2010 10:00:43 +0000</pubDate>
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		<description>Hola Mayra. Pues sí habrá centro comercial. Geinsol ha invertido mucho dinero en la compra del terreno asi que imagino que seguirán con el proyecto hasta el final. La última noticia que tenemos de el es que, una vez que ya han firmado acuerdo con las empresas que estarán presentes en el, están adoptando el proyecto para que los locales cumplan las necesidades de las empresas que se ubicarán en el. También la crisis en la que estamos inmersos ha colaborado en el retraso del proyecto.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola Mayra. Pues sí habrá centro comercial. Geinsol ha invertido mucho dinero en la compra del terreno asi que imagino que seguirán con el proyecto hasta el final. La última noticia que tenemos de el es que, una vez que ya han firmado acuerdo con las empresas que estarán presentes en el, están adoptando el proyecto para que los locales cumplan las necesidades de las empresas que se ubicarán en el. También la crisis en la que estamos inmersos ha colaborado en el retraso del proyecto.</p>
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		<title>Comentario de Nuestro centro comercial por mayra</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/07/23/nuestro-centro-comercial/comment-page-1/#comment-296</link>
		<dc:creator>mayra</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Jan 2010 09:49:25 +0000</pubDate>
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		<description>pero al final lo van ha construir? y donde sera exactamente el lugar?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>pero al final lo van ha construir? y donde sera exactamente el lugar?</p>
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		<title>Comentario de ¿Anticipar cantidades a cuenta o abrir cuenta vivienda? por eduardo</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/09/30/%c2%bfanticipar-cantidades-a-cuenta-o-abrir-cuenta-vivienda/comment-page-1/#comment-289</link>
		<dc:creator>eduardo</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 20 Dec 2009 20:39:26 +0000</pubDate>
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		<description>AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
VALLADOLID  AUTO: 00132/2009  
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN)  0000363 /2009         
AUTO Nº 132
 Ilmos. Sres. Magistrados:   D. JOSE JAIME SANZ CID  D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS  D. JOSE MANUEL DE VICENTE BOBADILLA 
En Valladolid, a quince de Diciembre de dos mil nueve.
 	VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003 de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de MEDIDAS CAUTELARES COETANEAS 0001155/2009, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo 0000363/2009, en los que aparece como parte apelante COVIPRO SL representado por el procurador D. DAVID VAQUERO GALLEGO, y asistido por el Letrado D. JAVIER-VICENTE MAESTRO MORENO, y como apelado FACUA CASTILLA Y LEON CONSUMIDORES EN ACCION representado por la procuradora Dª. MARIA YOLANDA GUTIERREZ IGLESIAS, y asistido por el Letrado D. PABLO ANDRES GERBOLES SANCHEZ, sobre adopción de medida cautelar de suspensión de los efectos de los contratos cuya nulidad se solicita. 
HECHOS
 	PRIMERO.- Se aceptan los hechos de la resolución recurrida.  	SEGUNDO.- Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 17 de junio de 2009, se dictó auto cuya parte dispositiva dice así: &quot;1.- ACCEDIENDO a lo solicitado por el procurador Sr/sra YOLANDA GUTIERREZ IGLESIAS en nombre y representación de FACUA CASTILLA Y LEON CONSUMIDORES EN ACCIÓN, se acuerda la adopción de la medida cautelar de la suspensión de los efectos de los contratos cuya nulidad se solicita. 2.- La anterior medida cautelar se ejecutará una vez que la parte solicitante preste caución por la suma de seis mil euros, a razón de seiscientos euros por cada una de los contratos.”  	TERCERO.- Notificado a las partes  referido auto, por la parte demandada COVIPRO S.L. se preparó e interpuso recurso de apelación contra el mismo. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos a este tribunal se admitió y sustanció el recurso en la forma legalmente establecida, y no siendo necesaria la celebración de vista, se señalo para la deliberación, votación y fallo el pasado día 7 de Diciembre de 2009.  	ÚLTIMO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las formalidades legales.  	Vistos, siendo ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don JOSE MANUEL DE VICENTE BOBADILLA. 
RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO.- FACUA CASTILLA LEON CONSUMIDORES EN ACCIÓN entabló, una acción de nulidad y subsidariamiente de anulabilidad de determinados contratos de adquisición de una segunda plaza de garaje, que según la actora, fueron suscritos por determinados consumidores con ocasión de la compra de una vivienda de protección oficial con garaje y trastero.
	La tesis de la demandante consiste en que se obligó al consumidor a la compra de la segunda plaza de garaje porque la demandada COVIPRO S.L. estableció esa exigencia para que el adquirente pudiese incorporarse como adjudicatario de la vivienda de protección oficial con sus anejos inseparables. De este modo los consumidores se vieron obligados a suscribir dos contratos privados, con idéntica fecha, uno referente a la vivienda de protección oficial y sus anejos vinculados; y otro referido a la compra de la segunda plaza de garaje. 	Junto a la demanda principal se interesó la adopción, como medida cautelar, de la suspensión de efectos de los contratos de adquisición de la segunda plaza de garaje. 	El juez “a quo” estima la medida cautelar, señalando en primer lugar que la medida solicitada es congruente con la tutela que se pretende en la demanda principal. 	El peligro de mora procesal también se considera existente en el auto recurrido, porque de no suspenderse los contratos, los consumidores se verían obligados a desembolsar más de la mitad del precio de la plaza de garaje, y los demás gastos notariales, registrales y fiscales. Dada la situación del sector de la construcción en estos momentos, entiende que juzgador que no hay constancia de que la demandada pueda hacer frente a la restitución de todas estas cantidades. 	En el Auto recurrido también se señala que aunque los contratos privados datan de los años 2.006 y 2.007, las pretensiones anulatorias se ejercitan antes de que la parte vendedora haya instado la elevación a público de los contratos; y que los consumidores han sido conscientes del engaño sufrido recientemente, por lo que no podemos hablar de que exista una situación  consentida durante largo tiempo. 	En cuanto al requisito de apariencia de buen derecho, se indica en el auto impugnado que los compradores manifestaron que la vendedora les exigía el compromiso de adquirir la segunda plaza de garaje en el momento de participar en el proceso de adjudicación de las VPO, por lo que se vieron obligados a firmar el documento denominado “información facilitada”, en el que figura la existencia de la segunda plaza de garaje.  	Según estos compradores, todos confiaron en la legalidad del procedimiento, teniendo en cuenta que estaba tutelado por las administraciones públicas, pero que de haber sabido que la compra de la segunda plaza de garaje era voluntaria, no la habrían adquirido. 	Señala el juzgador que estos alegatos son verosímiles teniendo en cuenta que todos ellos firmaron la adquisición de la segunda plaza de garaje. 	 	SEGUNDO: COVIPRO S.L. formula recurso de apelación entendiendo en primer lugar que no existe peligro de mora procesal, exigido por el artículo 728 LEC,  ya que su solvencia no ha sido cuestionada en orden al reintegro de las cantidades que los consumidores deban abonar en cumplimiento de los contratos objeto de autos. 	Si los contratos litigiosos despliegan sus efectos, los consumidores tendrán que abonar unas cantidades que probablemente tengan que serles reintegradas;  y la devolución de esas cantidades habrá de hacerse sin mayor garantía de reintegro que la general relativa al patrimonio global de la demandada. 	En opinión de la Sala, esa ausencia de garantías suficientes para el consumidor es un peligro que justifica la adopción de la medida cautelar solicitada. En este sentido, consideramos relevante que se trate de consumidores, pues se trata de una figura objeto de una especial protección en nuestro derecho.
Por otro lado, esta medida no parece que sea muy gravosa para la demanda. Se trata simplemente de suspender los efectos de los contratos privados de compraventa de la segunda plaza de garaje, no los de la compraventa de la vivienda de VPO con los anejos inseparables con los que forma una unidad registral.  No en vano, la propia demandada parece aceptar este efecto cuando afirma que no hay ni un solo indicio del que pudiera resultar que COVIPRO no vende la vivienda si no se eleva a escritura el contrato de la segunda plaza de garaje. 
	En este sentido si la demandada acepta la medida solicitada por su propia voluntad unilateral, no parece que le pueda resultar muy gravoso que sea un tribunal quien lo establezca.  	TERCERO: Señala la recurrente que la medida solicitada por la actora pretende alterar situaciones de hecho conocidas y consentidas por los reclamantes desde agosto de 2.005 o enero de 2.006, según las promociones. 
En esas fechas fue cuando los consumidores firmaron el documento informativo en el que se hacía constar que las promociones de COVIPRO llevaban asignada una segunda plaza de garaje no vinculada.
	Sin embargo, no podemos hablar de situaciones consolidadas a lo largo del tiempo, pues la escritura de compraventa está aún pendiente de firma.  	Por otro lado, a los efectos que aquí interesan, lo relevante es determinar si se informó a los consumidores de que, a pesar de que las promociones de COVIPRO llevaran asignada una segunda plaza de garaje,  sin embargo no tenían ninguna obligación de adquirirla. 	Esa información debió darse al consumidor de una manera clara, precisa y congruente por COVIPRO  a los adquirentes. Es decir, se debió informar con toda nitidez a los consumidores que la adquisición de esa segunda plaza de garaje era puramente voluntaria y que en modo alguno condicionaba o impedía la adjudicación de la vivienda de VPO y sus anejos. 	Esa información no consta facilitada, por lo que difícilmente puede sostenerse que los consumidores consintieron una situación que para ellos no podía ser conocida.  	CUARTO: Considera el recurrente que todo el procedimiento presenta apariencia de legalidad porque ha sido visado por el Servicio Territorial de Fomento de la Junta de Castilla y León, y en consecuencia entiende que no concurre el requisito de apariencia de buen derecho establecido en el artículo 728 LEC. 	Es evidente que el tribunal no está vinculado por el visado administrativo correspondiente en orden a determinar la existencia de apariencia de buen derecho. 
La Sala considera, con el carácter indiciario propio de toda medida cautelar, que el documento denominado “información facilitada”, aporta al consumidor una información sesgada o incierta, pues parece dar a entender que toda persona que pretenda acceder a alguna de las viviendas de VPO promovidas por COVIPRO, tendrá que adquirir una segunda plaza de garaje “asignada”, aunque no vinculada, a la vivienda. El artículo 2.1 d) de la Ley 26/84 de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, vigente cuando se firmó ese denominado documento de “información facilitada”, señala con claridad que uno de los derechos básicos del consumidor consiste en que se le facilite una información correcta sobre los productos o servicios adquiridos; y en su párrafo final se indica que son nulos de pleno derecho los actos realizados en fraude de dicha Ley.
Por otro lado,  se considera cláusula abusiva, según disposición Adicional de la LGDCU, apartado 23, “la imposición al consumidor de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados”, lo que da lugar a su nulidad y a que se tenga por no puesta, según dispone el artículo 10 bis.2 de la Ley citada.
QUINTO: Señala el recurrente que el demandante no propuso en su escrito inicial ningún tipo de prueba, ni siquiera la documental consistente en los documentos acompañados a la demanda, tal y como, según su parecer, requiere el artículo 732.2 LEC. El criterio de la Sala, tratándose de medidas cautelares coetáneas a la demanda, consiste en que los documentos presentados han de servir tanto para la pretensión principal como para la cautelar, aunque se omita la frase rituaria de que se reciba el pleito a prueba en sede cautelar y de que se tenga por propuesta prueba documental para la pretensión cautelar.
	Así lo ha declarado el Tribunal Constitucional en sentencia de 2 de diciembre de 2.008, a cuyo tenor, el artículo 732.2 LEC no dice que haya de especificarse la petición formal o ritual de recibimiento del incidente a prueba cuando se acompañen a la solicitud documentos que la apoyen, sino que “se acompañarán a la solicitud los documentos que la apoyen o se ofrecerá la práctica de otros medios para el acreditamiento de los presupuestos que autorizan la adopción de medidas cautelares», añadiendo en su párrafo final que “para el actor precluirá la posibilidad de proponer prueba con la solicitud de medidas cautelares”.
Según el alto tribunal una interpretación contraria es manifiestamente irrazonable y en tal sentido lesiva del derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el art. 24.1 CE.  Aceptado que a la solicitud se acompañaron los documentos que la apoyaban, la exigencia de la mención expresa de solicitud del recibimiento a prueba es un requisito inexistente en el precepto aplicado.  SEXTO.- Con arreglo a lo dispuesto en el Art. 398.1º en relación con el Art. 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se impondrán al apelante las costas de esta alzada. 
PARTE DISPOSITIVA 
	DESESTIMANDO INTEGRAMENTE el recurso de apelación formulado por el procurador DON DAVID VAQUERO GALLEGO en representación de COVIPRO S.L., contra el Auto de fecha 17 de junio de 2009, dictada en autos de Juicio de Medidas Cautelares Coetaneas num. 1155/09, del Juzgado de 1ª Instancia num. 1 de Valladolid, DEBEMOS CONFIRMAR Y CONFIRMAMOS dicha resolución, con imposición al apelante de las costas causadas en esta alzada. 		 	Así, por este auto, lo acuerdan, mandan y firman los Ilmos. Sres. arriba referenciados. Doy fe.    
								ANTE MI 
    








   

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PAGE  7



  YOLANDA GUTIERREZ IGLESIAS  PROCURADORA NOTIFICADO: 18-12-2009</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3<br />
VALLADOLID  AUTO: 00132/2009<br />
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN)  0000363 /2009<br />
AUTO Nº 132<br />
 Ilmos. Sres. Magistrados:   D. JOSE JAIME SANZ CID  D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS  D. JOSE MANUEL DE VICENTE BOBADILLA<br />
En Valladolid, a quince de Diciembre de dos mil nueve.<br />
 	VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003 de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de MEDIDAS CAUTELARES COETANEAS 0001155/2009, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo 0000363/2009, en los que aparece como parte apelante COVIPRO SL representado por el procurador D. DAVID VAQUERO GALLEGO, y asistido por el Letrado D. JAVIER-VICENTE MAESTRO MORENO, y como apelado FACUA CASTILLA Y LEON CONSUMIDORES EN ACCION representado por la procuradora Dª. MARIA YOLANDA GUTIERREZ IGLESIAS, y asistido por el Letrado D. PABLO ANDRES GERBOLES SANCHEZ, sobre adopción de medida cautelar de suspensión de los efectos de los contratos cuya nulidad se solicita.<br />
HECHOS<br />
 	PRIMERO.- Se aceptan los hechos de la resolución recurrida.  	SEGUNDO.- Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 17 de junio de 2009, se dictó auto cuya parte dispositiva dice así: &#8220;1.- ACCEDIENDO a lo solicitado por el procurador Sr/sra YOLANDA GUTIERREZ IGLESIAS en nombre y representación de FACUA CASTILLA Y LEON CONSUMIDORES EN ACCIÓN, se acuerda la adopción de la medida cautelar de la suspensión de los efectos de los contratos cuya nulidad se solicita. 2.- La anterior medida cautelar se ejecutará una vez que la parte solicitante preste caución por la suma de seis mil euros, a razón de seiscientos euros por cada una de los contratos.”  	TERCERO.- Notificado a las partes  referido auto, por la parte demandada COVIPRO S.L. se preparó e interpuso recurso de apelación contra el mismo. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos a este tribunal se admitió y sustanció el recurso en la forma legalmente establecida, y no siendo necesaria la celebración de vista, se señalo para la deliberación, votación y fallo el pasado día 7 de Diciembre de 2009.  	ÚLTIMO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las formalidades legales.  	Vistos, siendo ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don JOSE MANUEL DE VICENTE BOBADILLA.<br />
RAZONAMIENTOS JURIDICOS</p>
<p>PRIMERO.- FACUA CASTILLA LEON CONSUMIDORES EN ACCIÓN entabló, una acción de nulidad y subsidariamiente de anulabilidad de determinados contratos de adquisición de una segunda plaza de garaje, que según la actora, fueron suscritos por determinados consumidores con ocasión de la compra de una vivienda de protección oficial con garaje y trastero.<br />
	La tesis de la demandante consiste en que se obligó al consumidor a la compra de la segunda plaza de garaje porque la demandada COVIPRO S.L. estableció esa exigencia para que el adquirente pudiese incorporarse como adjudicatario de la vivienda de protección oficial con sus anejos inseparables. De este modo los consumidores se vieron obligados a suscribir dos contratos privados, con idéntica fecha, uno referente a la vivienda de protección oficial y sus anejos vinculados; y otro referido a la compra de la segunda plaza de garaje. 	Junto a la demanda principal se interesó la adopción, como medida cautelar, de la suspensión de efectos de los contratos de adquisición de la segunda plaza de garaje. 	El juez “a quo” estima la medida cautelar, señalando en primer lugar que la medida solicitada es congruente con la tutela que se pretende en la demanda principal. 	El peligro de mora procesal también se considera existente en el auto recurrido, porque de no suspenderse los contratos, los consumidores se verían obligados a desembolsar más de la mitad del precio de la plaza de garaje, y los demás gastos notariales, registrales y fiscales. Dada la situación del sector de la construcción en estos momentos, entiende que juzgador que no hay constancia de que la demandada pueda hacer frente a la restitución de todas estas cantidades. 	En el Auto recurrido también se señala que aunque los contratos privados datan de los años 2.006 y 2.007, las pretensiones anulatorias se ejercitan antes de que la parte vendedora haya instado la elevación a público de los contratos; y que los consumidores han sido conscientes del engaño sufrido recientemente, por lo que no podemos hablar de que exista una situación  consentida durante largo tiempo. 	En cuanto al requisito de apariencia de buen derecho, se indica en el auto impugnado que los compradores manifestaron que la vendedora les exigía el compromiso de adquirir la segunda plaza de garaje en el momento de participar en el proceso de adjudicación de las VPO, por lo que se vieron obligados a firmar el documento denominado “información facilitada”, en el que figura la existencia de la segunda plaza de garaje.  	Según estos compradores, todos confiaron en la legalidad del procedimiento, teniendo en cuenta que estaba tutelado por las administraciones públicas, pero que de haber sabido que la compra de la segunda plaza de garaje era voluntaria, no la habrían adquirido. 	Señala el juzgador que estos alegatos son verosímiles teniendo en cuenta que todos ellos firmaron la adquisición de la segunda plaza de garaje. 	 	SEGUNDO: COVIPRO S.L. formula recurso de apelación entendiendo en primer lugar que no existe peligro de mora procesal, exigido por el artículo 728 LEC,  ya que su solvencia no ha sido cuestionada en orden al reintegro de las cantidades que los consumidores deban abonar en cumplimiento de los contratos objeto de autos. 	Si los contratos litigiosos despliegan sus efectos, los consumidores tendrán que abonar unas cantidades que probablemente tengan que serles reintegradas;  y la devolución de esas cantidades habrá de hacerse sin mayor garantía de reintegro que la general relativa al patrimonio global de la demandada. 	En opinión de la Sala, esa ausencia de garantías suficientes para el consumidor es un peligro que justifica la adopción de la medida cautelar solicitada. En este sentido, consideramos relevante que se trate de consumidores, pues se trata de una figura objeto de una especial protección en nuestro derecho.<br />
Por otro lado, esta medida no parece que sea muy gravosa para la demanda. Se trata simplemente de suspender los efectos de los contratos privados de compraventa de la segunda plaza de garaje, no los de la compraventa de la vivienda de VPO con los anejos inseparables con los que forma una unidad registral.  No en vano, la propia demandada parece aceptar este efecto cuando afirma que no hay ni un solo indicio del que pudiera resultar que COVIPRO no vende la vivienda si no se eleva a escritura el contrato de la segunda plaza de garaje.<br />
	En este sentido si la demandada acepta la medida solicitada por su propia voluntad unilateral, no parece que le pueda resultar muy gravoso que sea un tribunal quien lo establezca.  	TERCERO: Señala la recurrente que la medida solicitada por la actora pretende alterar situaciones de hecho conocidas y consentidas por los reclamantes desde agosto de 2.005 o enero de 2.006, según las promociones.<br />
En esas fechas fue cuando los consumidores firmaron el documento informativo en el que se hacía constar que las promociones de COVIPRO llevaban asignada una segunda plaza de garaje no vinculada.<br />
	Sin embargo, no podemos hablar de situaciones consolidadas a lo largo del tiempo, pues la escritura de compraventa está aún pendiente de firma.  	Por otro lado, a los efectos que aquí interesan, lo relevante es determinar si se informó a los consumidores de que, a pesar de que las promociones de COVIPRO llevaran asignada una segunda plaza de garaje,  sin embargo no tenían ninguna obligación de adquirirla. 	Esa información debió darse al consumidor de una manera clara, precisa y congruente por COVIPRO  a los adquirentes. Es decir, se debió informar con toda nitidez a los consumidores que la adquisición de esa segunda plaza de garaje era puramente voluntaria y que en modo alguno condicionaba o impedía la adjudicación de la vivienda de VPO y sus anejos. 	Esa información no consta facilitada, por lo que difícilmente puede sostenerse que los consumidores consintieron una situación que para ellos no podía ser conocida.  	CUARTO: Considera el recurrente que todo el procedimiento presenta apariencia de legalidad porque ha sido visado por el Servicio Territorial de Fomento de la Junta de Castilla y León, y en consecuencia entiende que no concurre el requisito de apariencia de buen derecho establecido en el artículo 728 LEC. 	Es evidente que el tribunal no está vinculado por el visado administrativo correspondiente en orden a determinar la existencia de apariencia de buen derecho.<br />
La Sala considera, con el carácter indiciario propio de toda medida cautelar, que el documento denominado “información facilitada”, aporta al consumidor una información sesgada o incierta, pues parece dar a entender que toda persona que pretenda acceder a alguna de las viviendas de VPO promovidas por COVIPRO, tendrá que adquirir una segunda plaza de garaje “asignada”, aunque no vinculada, a la vivienda. El artículo 2.1 d) de la Ley 26/84 de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, vigente cuando se firmó ese denominado documento de “información facilitada”, señala con claridad que uno de los derechos básicos del consumidor consiste en que se le facilite una información correcta sobre los productos o servicios adquiridos; y en su párrafo final se indica que son nulos de pleno derecho los actos realizados en fraude de dicha Ley.<br />
Por otro lado,  se considera cláusula abusiva, según disposición Adicional de la LGDCU, apartado 23, “la imposición al consumidor de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados”, lo que da lugar a su nulidad y a que se tenga por no puesta, según dispone el artículo 10 bis.2 de la Ley citada.<br />
QUINTO: Señala el recurrente que el demandante no propuso en su escrito inicial ningún tipo de prueba, ni siquiera la documental consistente en los documentos acompañados a la demanda, tal y como, según su parecer, requiere el artículo 732.2 LEC. El criterio de la Sala, tratándose de medidas cautelares coetáneas a la demanda, consiste en que los documentos presentados han de servir tanto para la pretensión principal como para la cautelar, aunque se omita la frase rituaria de que se reciba el pleito a prueba en sede cautelar y de que se tenga por propuesta prueba documental para la pretensión cautelar.<br />
	Así lo ha declarado el Tribunal Constitucional en sentencia de 2 de diciembre de 2.008, a cuyo tenor, el artículo 732.2 LEC no dice que haya de especificarse la petición formal o ritual de recibimiento del incidente a prueba cuando se acompañen a la solicitud documentos que la apoyen, sino que “se acompañarán a la solicitud los documentos que la apoyen o se ofrecerá la práctica de otros medios para el acreditamiento de los presupuestos que autorizan la adopción de medidas cautelares», añadiendo en su párrafo final que “para el actor precluirá la posibilidad de proponer prueba con la solicitud de medidas cautelares”.<br />
Según el alto tribunal una interpretación contraria es manifiestamente irrazonable y en tal sentido lesiva del derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el art. 24.1 CE.  Aceptado que a la solicitud se acompañaron los documentos que la apoyaban, la exigencia de la mención expresa de solicitud del recibimiento a prueba es un requisito inexistente en el precepto aplicado.  SEXTO.- Con arreglo a lo dispuesto en el Art. 398.1º en relación con el Art. 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se impondrán al apelante las costas de esta alzada.<br />
PARTE DISPOSITIVA<br />
	DESESTIMANDO INTEGRAMENTE el recurso de apelación formulado por el procurador DON DAVID VAQUERO GALLEGO en representación de COVIPRO S.L., contra el Auto de fecha 17 de junio de 2009, dictada en autos de Juicio de Medidas Cautelares Coetaneas num. 1155/09, del Juzgado de 1ª Instancia num. 1 de Valladolid, DEBEMOS CONFIRMAR Y CONFIRMAMOS dicha resolución, con imposición al apelante de las costas causadas en esta alzada. 		 	Así, por este auto, lo acuerdan, mandan y firman los Ilmos. Sres. arriba referenciados. Doy fe.<br />
								ANTE MI </p>
<p>PAGE  </p>
<p>PAGE  7</p>
<p>  YOLANDA GUTIERREZ IGLESIAS  PROCURADORA NOTIFICADO: 18-12-2009</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de ¿Anticipar cantidades a cuenta o abrir cuenta vivienda? por eduardo</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/09/30/%c2%bfanticipar-cantidades-a-cuenta-o-abrir-cuenta-vivienda/comment-page-1/#comment-270</link>
		<dc:creator>eduardo</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 14 Dec 2009 14:56:30 +0000</pubDate>
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		<description>no sabia donde dejartelo
http://www.soloarquitectura.com/documentos/norcodigotecnicoedificacion.html</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>no sabia donde dejartelo<br />
<a href="http://www.soloarquitectura.com/documentos/norcodigotecnicoedificacion.html" rel="nofollow">http://www.soloarquitectura.com/documentos/norcodigotecnicoedificacion.html</a></p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario de ¿Anticipar cantidades a cuenta o abrir cuenta vivienda? por Asesorutil</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/09/30/%c2%bfanticipar-cantidades-a-cuenta-o-abrir-cuenta-vivienda/comment-page-1/#comment-268</link>
		<dc:creator>Asesorutil</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Dec 2009 17:51:40 +0000</pubDate>
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		<description>Gracias por visitar AsesorÚtil.com</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Gracias por visitar AsesorÚtil.com</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de La asociación de vecinos da la espalda al blog por eduardo</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/11/15/la-asociacion-de-vecinos-da-la-espalda-al-blog/comment-page-1/#comment-267</link>
		<dc:creator>eduardo</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Dec 2009 11:46:50 +0000</pubDate>
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		<description>Covipro empieza a mandar cartas a los agraciados en el sorteo de santos pilarica con el nuevo precio del 2007
la fecha de la resolucion mandada por la junta es de 20 de noviembre de 2009</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Covipro empieza a mandar cartas a los agraciados en el sorteo de santos pilarica con el nuevo precio del 2007<br />
la fecha de la resolucion mandada por la junta es de 20 de noviembre de 2009</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de La asociación de vecinos da la espalda al blog por eduardo</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/11/15/la-asociacion-de-vecinos-da-la-espalda-al-blog/comment-page-1/#comment-264</link>
		<dc:creator>eduardo</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 02 Dec 2009 20:54:16 +0000</pubDate>
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		<description>Las próximas luchas de la asociacion son:
- erradicación de la prostitución
- dotaciones ya pedidas para el barrio
- comunicaciones para el barrio
- seguimos luchando por la 2ª plaza 14 de Diciembre juicio 
- entrega de los pisos antes de diciembre de 2010 evitando asi que nos pille la ley de desgravación fiscal por la vivienda
Todo esto sería mas fácil con la unión de todos los vecinos , asociarse es compromiso con el barrio y con nuestro futuro 
La asociación tiene acuerdos con varias empresas , con lo que los 12 euros que cuesta se amortizan al instante .
EJEMPLO: Una pareja que no es de santos pilarica y si es socia de la asociacion a contratado un seguro con la empresa convenida de la asociación y se ha ahorrado 73.50.- euros lo que supone 6 años de cuota de la asociacion-
El dinero es lo de menos , lo que importa es la representativadad que la asociación conlleva , al ser mas socios (actualmente 150),la fuerza es mayor .
Simplemente la bajada de módulo supone que gente que ni lo sabia se beneficie de mas de 1 millon de pts el que menos , y soy yo 
Por eso os informo de que el futuro del barrio depende de vosotros mismos y vuestro compromiso con el .
EL FUTURO DEL BARRIO ES EL FUTURO QUE VOSOTROS DESEEIS</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Las próximas luchas de la asociacion son:<br />
- erradicación de la prostitución<br />
- dotaciones ya pedidas para el barrio<br />
- comunicaciones para el barrio<br />
- seguimos luchando por la 2ª plaza 14 de Diciembre juicio<br />
- entrega de los pisos antes de diciembre de 2010 evitando asi que nos pille la ley de desgravación fiscal por la vivienda<br />
Todo esto sería mas fácil con la unión de todos los vecinos , asociarse es compromiso con el barrio y con nuestro futuro<br />
La asociación tiene acuerdos con varias empresas , con lo que los 12 euros que cuesta se amortizan al instante .<br />
EJEMPLO: Una pareja que no es de santos pilarica y si es socia de la asociacion a contratado un seguro con la empresa convenida de la asociación y se ha ahorrado 73.50.- euros lo que supone 6 años de cuota de la asociacion-<br />
El dinero es lo de menos , lo que importa es la representativadad que la asociación conlleva , al ser mas socios (actualmente 150),la fuerza es mayor .<br />
Simplemente la bajada de módulo supone que gente que ni lo sabia se beneficie de mas de 1 millon de pts el que menos , y soy yo<br />
Por eso os informo de que el futuro del barrio depende de vosotros mismos y vuestro compromiso con el .<br />
EL FUTURO DEL BARRIO ES EL FUTURO QUE VOSOTROS DESEEIS</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de La asociación de vecinos da la espalda al blog por eduardo</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/11/15/la-asociacion-de-vecinos-da-la-espalda-al-blog/comment-page-1/#comment-263</link>
		<dc:creator>eduardo</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 02 Dec 2009 20:43:33 +0000</pubDate>
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		<description>discrepo totalmente y sabes porque</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>discrepo totalmente y sabes porque</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Los promotores bajarán un 30% el precio de 30.000 casas para hacerlas VPO por Pedro</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/10/12/los-promotores-bajaran-un-30-el-precio-de-30-000-casas-para-hacerlas-vpo/comment-page-1/#comment-262</link>
		<dc:creator>Pedro</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Nov 2009 14:36:32 +0000</pubDate>
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		<description>Noticias como ésta son necesarias para absorber el stock de vivienda existente y dinaminar el mercado de &lt;a href=&quot;http://www.idealista.com/pagina/vpo&quot; rel=&quot;nofollow&quot;&gt;vpo&lt;/a&gt;, que en los últimos tiempo está sufriendo un colapso importante, tanto por la crisis del mercado de la vivienda en general, como por los fraudes y excesos cometidos en años anteriores con este tipo de viviendas.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Noticias como ésta son necesarias para absorber el stock de vivienda existente y dinaminar el mercado de <a href="http://www.idealista.com/pagina/vpo" rel="nofollow">vpo</a>, que en los últimos tiempo está sufriendo un colapso importante, tanto por la crisis del mercado de la vivienda en general, como por los fraudes y excesos cometidos en años anteriores con este tipo de viviendas.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Casi 500 pisos protegidos de los Santos Pilarica tendrán que bajar de precio por esperanza</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/06/17/casi-500-pisos-protegidos-de-los-santos-pilarica-tendran-que-bajar-de-precio/comment-page-1/#comment-256</link>
		<dc:creator>esperanza</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Nov 2009 17:49:18 +0000</pubDate>
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		<description>confio que se haran todos los tramites para todas las inmobiliarias sin olvidar ninguna aunque suponga algun problema a mayores gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>confio que se haran todos los tramites para todas las inmobiliarias sin olvidar ninguna aunque suponga algun problema a mayores gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Centro comercial Zona Campus por eduardo</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/01/18/centro-comercial-zona-campus/comment-page-1/#comment-255</link>
		<dc:creator>eduardo</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 14 Nov 2009 14:46:24 +0000</pubDate>
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		<description>en teoria si sigue adelante , quieren empezar a primero de 2010</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>en teoria si sigue adelante , quieren empezar a primero de 2010</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de En busca de la marca imán por admin</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/11/07/en-busca-de-la-marca-iman/comment-page-1/#comment-254</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Nov 2009 20:34:33 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://santospilarica.com.es/2009/11/07/en-busca-de-la-marca-iman/#comment-254</guid>
		<description>Pues a día de hoy sigue en marcha. En teoría, los operadores ya están seleccionados y actualmente se encuentran adaptando el proyecto para adecuar los locales a las necesidades de cada operador. Esperemos que se pongan las pilas porque esperamos que este centro comercial consiga dinamizar la zona.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Pues a día de hoy sigue en marcha. En teoría, los operadores ya están seleccionados y actualmente se encuentran adaptando el proyecto para adecuar los locales a las necesidades de cada operador. Esperemos que se pongan las pilas porque esperamos que este centro comercial consiga dinamizar la zona.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de En busca de la marca imán por oscar</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/11/07/en-busca-de-la-marca-iman/comment-page-1/#comment-253</link>
		<dc:creator>oscar</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Nov 2009 11:52:02 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://santospilarica.com.es/2009/11/07/en-busca-de-la-marca-iman/#comment-253</guid>
		<description>¿Este proyecto de Zona Campus sigue adelante? En Sevilla el centro comercial Zona Este está casi cerrado por la incapacidad de Geinsol de retener a los operadores y atraer a nuevos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>¿Este proyecto de Zona Campus sigue adelante? En Sevilla el centro comercial Zona Este está casi cerrado por la incapacidad de Geinsol de retener a los operadores y atraer a nuevos.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Centro comercial Zona Campus por oscar</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/01/18/centro-comercial-zona-campus/comment-page-1/#comment-252</link>
		<dc:creator>oscar</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Nov 2009 11:48:24 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://santospilarica.com.es/2009/01/18/centro-comercial-zona-campus/#comment-252</guid>
		<description>¿Este proyecto de Zona Campus sigue adelante? En Sevilla el centro comercial Zona Este está casi cerrado por la incapacidad de Geinsol de retener a los operadores y atraer a nuevos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>¿Este proyecto de Zona Campus sigue adelante? En Sevilla el centro comercial Zona Este está casi cerrado por la incapacidad de Geinsol de retener a los operadores y atraer a nuevos.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Comunicado de la Asociación de Vecinos por eduardo</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/10/20/comunicado-de-la-asociacion-de-vecinos/comment-page-1/#comment-251</link>
		<dc:creator>eduardo</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 06 Nov 2009 17:26:37 +0000</pubDate>
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		<description>el tema de la prostitucion se le puso a la concejala vidal encima de la mesa , su respuesta fue que eso se iria solo y que alli no habia nadie viviendo , no descarto, por lo menos por mi parte , hablo personalmente no en nombre de la asociacion , proximas movilizaciones , dando a conocer a prensa y alcalde la situacion de la zona en referencia a la prostitucion, hay 2 ideas sobre la mesa , 
1 instalacion de camaras en la zona , privadas. con enlace a internet , constante para que quien las pare tenga en cuenta que puede ser visto en directo por su mujer 
2 Recoger a diario a las Srtas y dejarlas trabajando en la puerta de casa del sr alcalde , c/Santiago o en el pichon 
 todo se estudiara</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>el tema de la prostitucion se le puso a la concejala vidal encima de la mesa , su respuesta fue que eso se iria solo y que alli no habia nadie viviendo , no descarto, por lo menos por mi parte , hablo personalmente no en nombre de la asociacion , proximas movilizaciones , dando a conocer a prensa y alcalde la situacion de la zona en referencia a la prostitucion, hay 2 ideas sobre la mesa ,<br />
1 instalacion de camaras en la zona , privadas. con enlace a internet , constante para que quien las pare tenga en cuenta que puede ser visto en directo por su mujer<br />
2 Recoger a diario a las Srtas y dejarlas trabajando en la puerta de casa del sr alcalde , c/Santiago o en el pichon<br />
 todo se estudiara</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Comunicado de la Asociación de Vecinos por admin</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/10/20/comunicado-de-la-asociacion-de-vecinos/comment-page-1/#comment-250</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 Nov 2009 21:38:07 +0000</pubDate>
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		<description>Hola Cristina. La cuota para asociarse son 12€. Para asociarte lo mejor es que te pongas en contacto con la asociación en el email santospilarica@gmail.com o llamando a Eduardo por teléfono al 660 96 91 37</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola Cristina. La cuota para asociarse son 12€. Para asociarte lo mejor es que te pongas en contacto con la asociación en el email <a href="mailto:santospilarica@gmail.com">santospilarica@gmail.com</a> o llamando a Eduardo por teléfono al 660 96 91 37</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Comunicado de la Asociación de Vecinos por cristina</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/10/20/comunicado-de-la-asociacion-de-vecinos/comment-page-1/#comment-249</link>
		<dc:creator>cristina</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 Nov 2009 19:12:40 +0000</pubDate>
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		<description>hola yo queria asociarme,alguien me puede decir como se ace,y cual es el precio,saludos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola yo queria asociarme,alguien me puede decir como se ace,y cual es el precio,saludos</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Cumpleaños del vicepresidente de la Asociación de Vecinos Eduardo Villarramiel por eduardo</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/10/12/cumpleanos-del-vicepresidente-de-la-asociacion-de-vecinos-eduardo-villarramiel/comment-page-1/#comment-247</link>
		<dc:creator>eduardo</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 16 Oct 2009 18:58:38 +0000</pubDate>
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		<description>gracias a vosotros</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>gracias a vosotros</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Cumpleaños del vicepresidente de la Asociación de Vecinos Eduardo Villarramiel por Protegido</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/10/12/cumpleanos-del-vicepresidente-de-la-asociacion-de-vecinos-eduardo-villarramiel/comment-page-1/#comment-246</link>
		<dc:creator>Protegido</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 15 Oct 2009 18:08:48 +0000</pubDate>
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		<description>Felicidades a una de las personas más luchadoras.
Gracias, Eduardo</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Felicidades a una de las personas más luchadoras.<br />
Gracias, Eduardo</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Buenas noticias de Reyal Urbis por admin</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/09/18/buenas-noticias-de-reyal-urbis/comment-page-1/#comment-245</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Oct 2009 05:14:37 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://santospilarica.com.es/2009/09/18/buenas-noticias-de-reyal-urbis/#comment-245</guid>
		<description>En estos casos ser pesimista u optimista no sirve de mucho. Esperemos que Reyal Urbis pueda acabar sus pisos sin problemas y todos sus vecinos puedan recibir las viviendas sin problemas.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>En estos casos ser pesimista u optimista no sirve de mucho. Esperemos que Reyal Urbis pueda acabar sus pisos sin problemas y todos sus vecinos puedan recibir las viviendas sin problemas.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Buenas noticias de Reyal Urbis por victor</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/09/18/buenas-noticias-de-reyal-urbis/comment-page-1/#comment-244</link>
		<dc:creator>victor</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 12 Oct 2009 22:36:27 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://santospilarica.com.es/2009/09/18/buenas-noticias-de-reyal-urbis/#comment-244</guid>
		<description>pues me da a mi que reyal urbis va a suspender pagos en breve, y a ver que pasa con las viviendas y el dinero. Reyal Urbis esta en quiebra</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>pues me da a mi que reyal urbis va a suspender pagos en breve, y a ver que pasa con las viviendas y el dinero. Reyal Urbis esta en quiebra</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Módulo 2007 en todas las promociones por esperanza</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/09/28/modulo-2007-en-todas-las-promociones/comment-page-1/#comment-243</link>
		<dc:creator>esperanza</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Oct 2009 08:31:11 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://santospilarica.com.es/2009/09/28/modulo-2007-en-todas-las-promociones/#comment-243</guid>
		<description>hola pedro yo tambien soy de raimconsa y estoy como tu sin saber nada, creo que deberiamos unirnos por promotoras y ver que hacer espero te conteste mas personas.un saludo</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola pedro yo tambien soy de raimconsa y estoy como tu sin saber nada, creo que deberiamos unirnos por promotoras y ver que hacer espero te conteste mas personas.un saludo</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Módulo 2007 en todas las promociones por Pedro</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/09/28/modulo-2007-en-todas-las-promociones/comment-page-1/#comment-242</link>
		<dc:creator>Pedro</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 29 Sep 2009 00:38:09 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://santospilarica.com.es/2009/09/28/modulo-2007-en-todas-las-promociones/#comment-242</guid>
		<description>hola soy adjudicatario de una vivienda en la promocion de Raimconsa, y me gustaria ponerme en contacto con otros adjudicatarios de esta promoción e intentar conocer como se encuentra la promocion respecto a lo del modulo de 2007, igualmente los pasos que deberiamos seguir en el caso de que no los quieran bajar, muchas gracias de antemano y un saludo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola soy adjudicatario de una vivienda en la promocion de Raimconsa, y me gustaria ponerme en contacto con otros adjudicatarios de esta promoción e intentar conocer como se encuentra la promocion respecto a lo del modulo de 2007, igualmente los pasos que deberiamos seguir en el caso de que no los quieran bajar, muchas gracias de antemano y un saludo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Contra la prostitución en nuestro barrio. por admin</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/09/21/contra-la-prostitucion-en-nuestro-barrio/comment-page-1/#comment-241</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 26 Sep 2009 19:11:46 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://santospilarica.com.es/2009/09/21/contra-la-prostitucion-en-nuestro-barrio/#comment-241</guid>
		<description>Creo que debemos seguir insistiendo y através de todos los canales que se nos ocurran: prensa, internet, partidos políticos... Si no luchamos nosotros por nuestro barrio ¿quién lo va a a hacer?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Creo que debemos seguir insistiendo y através de todos los canales que se nos ocurran: prensa, internet, partidos políticos&#8230; Si no luchamos nosotros por nuestro barrio ¿quién lo va a a hacer?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Contra la prostitución en nuestro barrio. por eduardo</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/09/21/contra-la-prostitucion-en-nuestro-barrio/comment-page-1/#comment-240</link>
		<dc:creator>eduardo</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 26 Sep 2009 11:56:08 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://santospilarica.com.es/2009/09/21/contra-la-prostitucion-en-nuestro-barrio/#comment-240</guid>
		<description>EL AYUNTAMIENTO YATIENE QUEJA PERSONAL DEL TEMA ,COMO BIEN SABREIS NO HARA NADA MUCHO ME TEMO , A LO MEJOR HAY QUE DARLAS 10 EUROS A CADA UNA Y LLEVARLAS A LA PUERTA  DE LA CASA DEL ALCALDE,AUNQUE MUCHO ME TEMO QUE ALLI TARDARIA 5 MINUTOS LA MUNICIPAL EN ECHARLA , AHORA DE AQUI NO HAY MANERA DE QUE ACTUE LA POLICIA</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>EL AYUNTAMIENTO YATIENE QUEJA PERSONAL DEL TEMA ,COMO BIEN SABREIS NO HARA NADA MUCHO ME TEMO , A LO MEJOR HAY QUE DARLAS 10 EUROS A CADA UNA Y LLEVARLAS A LA PUERTA  DE LA CASA DEL ALCALDE,AUNQUE MUCHO ME TEMO QUE ALLI TARDARIA 5 MINUTOS LA MUNICIPAL EN ECHARLA , AHORA DE AQUI NO HAY MANERA DE QUE ACTUE LA POLICIA</p>
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		<title>Comentario de Reunión actualización de precios módulo 2007 por admin</title>
		<link>http://santospilarica.com.es/2009/06/20/reunion-actulizacion-de-precios-modulo-2007/comment-page-1/#comment-239</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 24 Sep 2009 18:55:50 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://santospilarica.com.es/2009/06/20/reunion-actulizacion-de-precios-modulo-2007/#comment-239</guid>
		<description>Hasta donde conozco, la asociación de vecinos ha ido contra todas las promotoras que han incumplido la normativa, por lo que RAIMCONSA también será obligada a cumplir las normas establecidas. De todas formas si Eduardo se pasa por aquí, podrá facilitarte más información al respecto.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hasta donde conozco, la asociación de vecinos ha ido contra todas las promotoras que han incumplido la normativa, por lo que RAIMCONSA también será obligada a cumplir las normas establecidas. De todas formas si Eduardo se pasa por aquí, podrá facilitarte más información al respecto.</p>
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