Pregunta:
Hola buenas tardes.mi pregunta es ,si nosotros estamos exentos de pagar el ibi.tengo una vivienda en la calle satelite,edificio los sauces de ufc. tengo la duda de si no lo tenemos que pagar,puesto que cuando firmamos las escrituras yo juraria que nos dijeron que quedabamos exentos.muchas gracias, un saludo
Respuesta:
Pues no. Lo único que recoge la ley del IBI del Ayuntamiento de Valladolid es una exención del 50%. Puedes consultarlo en:
2. Gozarán de una bonificación de 50 por 100 en la cuota íntegra del Impuesto, durante los tres periodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificación definitiva, las viviendas de protección oficial y las que resulten equiparables a éstas conforme a la normativa de la Comunidad Autónoma.
Dicha bonificación se concederá a petición del interesado, la cual podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la terminación de los tres períodos impositivos de duración de la misma y surtirá efectos, en su caso, desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se solicite.
La solicitud de la bonificación prevista en este apartado deberá ir acompañada de la copia de la calificación definitiva de la vivienda de protección oficial o documento equiparable.
Esta bonificación se prorrogará durante cuatros períodos impositivos más para las viviendas de protección pública de gestión pública, a las que se refiere la Sección 2ª, del Capítulo I, del Título II del Decreto 52/2002, de 27 de marzo, de Desarrollo y Aplicación del Plan Director de Vivienda y Suelo de Castilla y León 2002-2009. Esta bonificación será de un 45% en el cuarto año, de un 35% en el quinto año, de un 25% en el sexto año y de un 10% en el séptimo para las viviendas de protección pública de gestión privada.
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