Hoy se ha publicado en el BOCYL el acuerdo aprobado en la junta de gobierno del día 20 de mayo aprobando el Documento Final de Obra que incluye las Modificaciones n.º 1 y 2 del Proyecto de Urbanización del Sector 16 «Santos-Pilarica». Expte.: Gestión Urbanística n.º 27153-10.
En el texto aparece claramente como desestimada la reclamación que Eduardo Villarramiel Lama en nombre de la Asociación de Vecinos realizó sobre dicho proyecto final.
En el mismo se reconocen obras pendientes:
–Urbanización del vial H-000: 147.900 € (IVA incluido).
–Urbanización de la conexión exterior Ronda Este (NRI 113): 185.000 € (IVA incluido).
–Saldo liquidación resultante de la no ejecución de las dos conexiones bajo el ferrocarril (PPI 108 y PPI 112): 4.361.976,62 €, para la ampliación y refuerzo de los Sistemas Generales en función de la ejecución del proyecto de soterramiento del ferrocarril.
A continuación reproduzco el texto completo del mismo:
ACUERDO de 20 de mayo de 2011, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Valladolid, relativo a la aprobación definitiva del Documento Final de Obra que incluye las Modificaciones n.º 1 y 2 del Proyecto de Urbanización del Sector 16 «Santos-Pilarica». Expte.: Gestión Urbanística n.º 27153-10.
La Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de mayo 2011, ha adoptado acuerdo del siguiente tenor literal:
«Visto el expediente número 27153/10, relativo al Proyecto Final de Obra, que incluye las Modificaciones del Proyecto de Urbanización del Sector 16 “Los Santos-Pilarica”, del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid, promovido por el Ayuntamiento de Valladolid, a instancias de la SOCIEDAD MUNICIPAL DE SUELO y VIVIENDA DE VALLADOLID, VIVA, S.L., y atendido que:
1.º– Por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 3 de diciembre de 2010 se aprobó inicialmente el Documento Final de Obra que incluye la Modificación n.º 1 y n.º 2 del Proyecto de Urbanización del Sector 16 “Los Santos-Pilarica”, condicionado la aprobación definitiva a que se subsanasen y justificasen las observaciones indicadas en los informes técnicos transcritos en el fundamento cuarto de dicho acuerdo.
2.º– Con fecha 24 de febrero de 2011 se presentó nueva documentación refundida por el promotor en soporte electrónico que da cumplimiento a las prescripciones indicadas por los técnicos municipales en la aprobación inicial; dicha Documentación refundida ha sido redactada por el Ingeniero de Caminos D. Jesús Fernández Calvo y se incorporó al expediente como Anexo III; sobre dicha Documentación se emitió informe por el Ingeniero técnico de obras públicas del Servicio de Infraestructuras en el que se indicaban determinadas prescripciones; con fecha 20 de abril de 2011 se presenta nueva Documentación refundida en soporte informático, redactada por D. Jesús Fernández Calvo y que se ha incorporado al expediente como Anexo IV; sobre dicha Documentación se ha emitido con fecha 29 de abril de 2011 informe favorable por el Ingeniero técnico de obras públicas del Servicio de Infraestructuras.
Por su parte, se ha emitido informe técnico favorable por la Arquitecto del Servicio de Planificación y Evaluación Urbana con fecha 16 de mayo de 2011, en el que se concluye que “una vez analizada la documentación presentada, se aprecia que en líneas generales se ha dado cumplimiento a las observaciones realizadas por el anterior informe emitido por este Servicio. Además se presupuestan las obras que se dejan pendientes de ejecución para la completa urbanización del Sector 16. Éstas se relacionan a continuación y son las correspondientes a:
–Urbanización del vial H-000: 147.900 € (IVA incluido).
–Urbanización de la conexión exterior Ronda Este (NRI 113): 185.000 € (IVA incluido).
–Saldo liquidación resultante de la no ejecución de las dos conexiones bajo el ferrocarril (PPI 108 y PPI 112): 4.361.976,62 €, para la ampliación y refuerzo de los Sistemas Generales en función de la ejecución del proyecto de soterramiento del ferrocarril.
Se articulará jurídicamente la forma en que estas cantidades pendientes deban comprometerse efectivamente, quién las realiza, así como los plazos de ejecución.”
3.º– Se ha practicado el preceptivo período de información pública, mediante notificación personal a los titulares registrales y catastrales, publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”, habiéndose presentado alegaciones en fecha 21 de enero de 2011 por D. Eduardo Villarramiel de la Lama en nombre propio y en representación de la Asociación de Vecinos de los “Santos-Pilarica”, en las que solicita se declare la nulidad del expediente administrativo y subsidiariamente acuerde la desestimación de las modificaciones efectuadas en el plan parcial Santos Pilarica y así mismo se ejecute tal como estaba proyectado en su inicio.
De dichas alegaciones se ha dado traslado a la SOCIEDAD MUNICIPAL DE SUELO y VIVIENDA DE VALLADOLID, VIVA, S.L., habiendo presentado con fecha 2 de febrero de 2011 escrito de contestación a las mismas; así mismo, se ha emitido por la arquitecto del Servicio de Planificación y Evaluación Urbana informe relativo a dichas alegaciones de fecha 16 de mayo de 2011.
Respecto a dichas alegaciones procede su desestimación, pues se está procediendo a una Modificación del Proyecto de Urbanización del Sector 16 “Los Santos-Pilarica” y no a una Modificación del Plan Parcial como se dice en el escrito de alegaciones. El documento relativo a la Modificación del Proyecto de Urbanización sometido a información pública tras la aprobación inicial justificaba las modificaciones realizadas en el mismo. No estaba justificada la supresión de ciertas conexiones exteriores del Sector por haber sido dispuestas desde el PGOU vigente y la falta de urbanización del vial H000; dichas obras que se dejan pendientes de ejecución se sustituyen por su equivalente económico, siendo este Ayuntamiento el encargado de contratarlas para su posterior ejecución.
Las distintas alegaciones referentes a la sustitución de mobiliario urbano se pueden justificar técnica y económicamente, no afectando a ningún parámetro de ordenación general ni detallada, ya que son únicamente cambios que afectan a elementos decorativos; se han mantenido los parámetros de diseño y las obligaciones del Sector en cuanto a las cargas establecidas por el Plan General, si no ejecutando algunas (con las justificaciones aportadas), sí habilitando partidas económicas con las que quedaría garantizado su cumplimiento.
4.º– La Documentación en soporte digital que se aprueba relativa al Proyecto Final de Obra, que incluye las Modificaciones n.º 1 y n.º 2 del Proyecto de Urbanización del Sector 16 “Los Santos-Pilarica”, del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid, contiene los documentos tanto en formato PDF como editable (.dwg) relativos al Final de Obra, Vial H-000 y Vial VA-100; dicha documentación se ha incorporado al expediente como Anexo IV.
5.º– Conforme a lo dispuesto por el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción dada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, corresponde a la Junta de Gobierno Local la aprobación de los proyectos de urbanización, y por tanto las Modificaciones de los mismos.
En su virtud esta JUNTA DE GOBIERNO ACUERDA:
I.– Resolver las alegaciones presentadas por D. Eduardo Villarramiel de la Lama en nombre propio y en representación de la Asociación de Vecinos de los “Santos-Pilarica”, desestimando las mismas, de conformidad con lo indicado en el fundamento 3.º del presente Acuerdo.
II.– Aprobar definitivamente el Documento Final de Obra que incluye la Modificación n.º 1 y n.º 2 del Proyecto de Urbanización del Sector 16 “Los Santos-Pilarica”, en soporte digital, promovido por el Ayuntamiento de Valladolid, a instancias de la SOCIEDAD MUNICIPAL DE SUELO y VIVIENDA DE VALLADOLID, VIVA, S.L., e incorporado al expediente como Anexo IV.
II.– Respecto a las obras pendientes de ejecución, Urbanización Vial H000, y Urbanización de la conexión exterior de la Ronda Este (NRI 113), serán objeto de contratación independiente por parte de este Ayuntamiento por el Departamento que corresponda, una vez que la SOCIEDAD MUNICIPAL DE SUELO Y VIVIENDA DE VALLADOLID, VIVA, S.L., ingrese el importe relativo a ambas obras, que se encuentra presupuestado en el presente Documento que se aprueba definitivamente, y que son las siguientes:
– Urbanización del vial H-000: 147.900 € (IVA incluido).
– Urbanización de la conexión exterior Ronda Este (NRI 113): 185.000 € (IVA incluido).
– Saldo liquidación resultante de la no ejecución de las dos conexiones bajo el ferrocarril (PPI 108 y PPI 112): 4.361.976,62 €, para la ampliación y refuerzo de los Sistemas Generales en función de la ejecución del proyecto de soterramiento del ferrocarril.
IV.– Dar traslado del presente acuerdo a la Dirección de Area de Planificación, Infraestructuras y Movilidad, a los efectos de que encargue la contratación de las obras pendientes de ejecución para completar la urbanización del Sector 16 “Los Santos Pilarica”».
Lo que comunico a Vd. para su conocimiento y efectos, significándole que contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso – administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses. En ambos casos referido plazo se computará a partir del siguiente día hábil al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
En el supuesto de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Se puede consultar el instrumento en la página Web www.jcyl.es/plau/.
Valladolid, 30 de mayo de 2011.
El Alcalde,
P.D. El Concejal Delegado del Área
de Planificación, Infraestructuras y Movilidad
(Dto. n.º 6866 de 28-06-07)
Fdo.: Manuel Sánchez Fernández
PDF: http://bocyl.jcyl.es/boletines/2011/06/09/pdf/BOCYL-D-09062011-138.pdf